Nuevo requisito para reclamar deudas: negociación previa obligatoria (LO 1/2025)
Desde el 3 de abril de 2025 es obligatorio intentar una solución extrajudicial antes de presentar la mayoría de demandas civiles y mercantiles en España. La exigencia nace de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, y convierte ese intento de acuerdo en un requisito de procedibilidad: si no lo acreditas, te arriesgas a que tu demanda sea admitida.
Objetivo: fomentar la resolución extrajudicial de conflictos para descongestionar los tribunales y ofrecer soluciones más rápidas y adaptadas a las partes.
1. Qué cuenta como “negociación previa” (MASC)
Se consideran MASC cualquier actividad negociadora reconocida por ley a la que las partes acuden de buena fe para alcanzar una solución extrajudicial, con o sin tercero neutral.
Tipos principales:
- Mediación
- Conciliación (pública o privada)
- Negociación directa entre partes o abogados
- Oferta vinculante confidencial
- Opinión de experto independiente
- Derecho o Abogacía colaborativa
2. Ámbito de aplicación
Aplicables a asuntos civiles y mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos.
Quedan excluidos los ámbitos de laboral, penal, concursal y materias con participación del sector público (p. ej., tutela de derechos fundamentales, filiación, concursos, medidas cautelares o violencia de género, entre otros).
3. Consecuencias procesales y en costas
- Admisión de la demanda: el juzgado verificará si acreditas el intento de MASC. La falta de prueba puede conducir a inadmisión o a requerimientos que retrasen el procedimiento.
- Costas: los tribunales valorarán la conducta de las partes (p. ej., negativa injustificada a negociar) al decidir sobre las costas.
4. Cómo acreditarlo bien (y evitar sustos)
Debe documentarse mediante:
- Acta firmada por ambas partes (identidad, objeto, fechas, buena fe).
- Si interviene un tercero (mediador, conciliador…), se emitirá certificación formal con estos datos.
- Si una parte no comparece o rechaza, debe constar documentalmente.
- Puede acreditarse también con el acuse de recibo del burofax o invitación a negociar.
En la práctica, los operadores jurídicos recomiendan dejar rastro claro y suficiente del intento negociador, por ejemplo:
- Al menos dos intentos documentados de contacto por canales distintos (burofax, e-mail, SMS…), guardando justificantes de envío y respuestas.
- Coherencia entre el objeto negociado y el que después reclamas en la demanda.
- Buena fe: tono profesional, propuesta concreta y plazo razonable para responder.
Nota: El propio Ministerio subraya la necesidad de “acreditar el intento” y el giro cultural desde el pleito hacia el acuerdo.
5. Impacto para empresas (y para recobros)
- Reclamaciones de deuda a clientes: incorpora un paso previo de MASC en tu circuito de recobro (antes del burofax final / demanda).
- Contratos y condiciones: añade cláusulas MASC (p. ej., mediación u oferta vinculante) para acelerar y abaratar conflictos.
- Políticas internas: forma a equipos de legal/finanzas en documentación de los intentos y plantillas estandarizadas.
La negociación previa obligatoria no es un formalismo: es una puerta de entrada al juzgado. Integra un protocolo MASC en tus procedimientos y documenta bien cada paso. Ganarás tiempo, reducirás riesgos en admisión y costas, y muchas veces evitarás el litigio
6. Resumen de plazos clave
| Actuación | Plazo |
|---|---|
| Respuesta a la invitación (burofax, correo, etc.) | 30 días naturales |
| Plazo máximo del proceso de negociación | 3 meses |
| Presentación de demanda tras cierre sin acuerdo | 1 año |
| Plazo para presentar demanda con medidas cautelares previas | 20 días |
| Interrupción de prescripción | Desde recepción de solicitud hasta cierre del MASC |
