18 noviembre, 2025 / Legal

Nuevo requisito para reclamar deudas: negociación previa obligatoria (LO 1/2025)

Desde el 3 de abril de 2025 es obligatorio intentar una solución extrajudicial antes de presentar la mayoría de demandas civiles y mercantiles en España. La exigencia nace de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, y convierte ese intento de acuerdo en un requisito de procedibilidad: si no lo acreditas, te arriesgas a que tu demanda sea admitida.

Objetivo: fomentar la resolución extrajudicial de conflictos para descongestionar los tribunales y ofrecer soluciones más rápidas y adaptadas a las partes.

 

1. Qué cuenta como “negociación previa” (MASC)

Se consideran MASC cualquier actividad negociadora reconocida por ley a la que las partes acuden de buena fe para alcanzar una solución extrajudicial, con o sin tercero neutral.
Tipos principales:

  • Mediación
  • Conciliación (pública o privada)
  • Negociación directa entre partes o abogados
  • Oferta vinculante confidencial
  • Opinión de experto independiente
  • Derecho o Abogacía colaborativa

 

2. Ámbito de aplicación

Aplicables a asuntos civiles y mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos.

Quedan excluidos los ámbitos de laboral, penal, concursal y materias con participación del sector público (p. ej., tutela de derechos fundamentales, filiación, concursos, medidas cautelares o violencia de género, entre otros). 

 

3. Consecuencias procesales y en costas

  • Admisión de la demanda: el juzgado verificará si acreditas el intento de MASC. La falta de prueba puede conducir a inadmisión o a requerimientos que retrasen el procedimiento. 
  • Costas: los tribunales valorarán la conducta de las partes (p. ej., negativa injustificada a negociar) al decidir sobre las costas. 

 

4. Cómo acreditarlo bien (y evitar sustos)

Debe documentarse mediante:

  • Acta firmada por ambas partes (identidad, objeto, fechas, buena fe).
  • Si interviene un tercero (mediador, conciliador…), se emitirá certificación formal con estos datos.
  • Si una parte no comparece o rechaza, debe constar documentalmente.
  • Puede acreditarse también con el acuse de recibo del burofax o invitación a negociar.

 

En la práctica, los operadores jurídicos recomiendan dejar rastro claro y suficiente del intento negociador, por ejemplo:

  • Al menos dos intentos documentados de contacto por canales distintos (burofax, e-mail, SMS…), guardando justificantes de envío y respuestas.
  • Coherencia entre el objeto negociado y el que después reclamas en la demanda.
  • Buena fe: tono profesional, propuesta concreta y plazo razonable para responder. 

Nota: El propio Ministerio subraya la necesidad de “acreditar el intento” y el giro cultural desde el pleito hacia el acuerdo. 

 

5. Impacto para empresas (y para recobros)

  • Reclamaciones de deuda a clientes: incorpora un paso previo de MASC en tu circuito de recobro (antes del burofax final / demanda).
  • Contratos y condiciones: añade cláusulas MASC (p. ej., mediación u oferta vinculante) para acelerar y abaratar conflictos.
  • Políticas internas: forma a equipos de legal/finanzas en documentación de los intentos y plantillas estandarizadas.

La negociación previa obligatoria no es un formalismo: es una puerta de entrada al juzgado. Integra un protocolo MASC en tus procedimientos y documenta bien cada paso. Ganarás tiempo, reducirás riesgos en admisión y costas, y muchas veces evitarás el litigio

 

6. Resumen de plazos clave

Actuación Plazo
Respuesta a la invitación (burofax, correo, etc.) 30 días naturales
Plazo máximo del proceso de negociación 3 meses
Presentación de demanda tras cierre sin acuerdo 1 año
Plazo para presentar demanda con medidas cautelares previas 20 días
Interrupción de prescripción Desde recepción de solicitud hasta cierre del MASC

 

Autor: Rebeca Ors – Área Legal

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