Diferencia entre reposo médico y baja médica: lo que deben saber empresas y trabajadores
En muchas ocasiones, los trabajadores informan a la empresa de que “el médico les ha mandado reposo”, pero no siempre eso significa que estén de baja laboral. Y esta diferencia, aunque parezca menor, puede tener consecuencias importantes en materia de ausencias, nóminas y cotización.
En este artículo te explicamos de forma clara qué distingue el reposo médico de la baja médica, y cómo debe actuar cada parte para evitar errores o conflictos.
1. ¿Qué es el reposo médico?
El reposo médico es una recomendación del médico para que el trabajador descanse o evite esfuerzos mientras se recupera. Sin embargo, no implica una baja laboral ni suspende el contrato de trabajo. El trabajador sigue de alta y, en principio, debe acudir a su puesto salvo que la empresa autorice su ausencia.
Ejemplo: el médico recomienda reposo durante 48 horas por un proceso gripal leve, pero no emite parte de baja. En ese caso, el trabajador no está oficialmente incapacitado, y si no asiste al trabajo, deberá justificarlo ante la empresa (por ejemplo, con un permiso no retribuido o un día de vacaciones).
Para el trabajador:
- No hay derecho a prestación económica por incapacidad.
- Si no acude sin autorización, puede considerarse ausencia injustificada.
Para la empresa:
- No debe comunicar nada a la Seguridad Social.
- Puede exigir que el trabajador justifique su ausencia o aporte un parte de baja.
2. ¿Qué es la baja médica?
La baja médica (o incapacidad temporal) se produce cuando un médico del sistema público o de una mutua emite un parte médico oficial que acredita que el trabajador no puede trabajar por motivos de salud.
En este caso, el contrato de trabajo queda suspendido temporalmente, y el trabajador tiene derecho a una prestación económica por incapacidad temporal.
Para el trabajador:
- No debe acudir al trabajo mientras dure la baja.
- Recibe una prestación económica desde el día 4 (en contingencias comunes).
- Está obligado a comunicar la baja a la empresa (hoy se hace telemáticamente).
Para la empresa:
- Debe comunicar la situación a la Seguridad Social.
- Gestiona el pago delegado de la prestación (del día 4 al 15).
- No puede sancionar por ausencia mientras exista parte de baja válido.
3. Reposo sin baja: una confusión frecuente
Uno de los errores más comunes ocurre cuando el trabajador cree que “reposo” y “baja” son lo mismo. Si no hay parte médico, no existe incapacidad temporal ni justificación automática de la ausencia. En estos casos, la empresa puede iniciar un procedimiento disciplinario por ausencias injustificadas.
Por ello, se recomienda que el trabajador confirme con su médico si se ha emitido o no la baja, y que la empresa solicite siempre el parte médico antes de considerar la ausencia como justificada.
4. Diferencias principales entre reposo y baja médica
| Concepto | Reposo médico | Baja médica |
| Naturaleza | Recomendación médica | Documento oficial con efectos laborales |
| Comunicación | No se comunica a la Seguridad Social | Comunicación obligatoria |
| Asistencia al trabajo | Debe acudir salvo autorización | No debe acudir |
| Prestación económica | No genera derecho | Sí genera derecho |
| Consecuencias de no acudir | Puede ser sancionable | Ausencia justificada |
En resumen, reposo médico y baja médica no son lo mismo. Solo la baja médica, respaldada por un parte oficial, suspende la obligación de trabajar y da derecho a prestación.
Desde el punto de vista empresarial, es importante verificar siempre la existencia del parte médico antes de tramitar cualquier incidencia. Y para el trabajador, la clave está en comunicar con claridad su situación y asegurarse de que la recomendación médica tiene efectos administrativos si realmente no puede acudir al trabajo.
