24 julio, 2018 / FINANCIERA

CÓMO SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DE LA RENTA DE UN CONTRIBUYENTE FALLECIDO

El fallecimiento de un ser querido siempre es un momento muy doloroso y si a eso le sumamos trámites legales o fiscales, puede llegar a convertirse en algo insoportable, ya que la responsabilidad de las obligaciones tributarias del fallecido recae en sus sucesores (a excepción de las sanciones).

Y ¿cómo se hace efectivo este trámite?

Hacienda explica que se debe presentar la declaración del fallecido en la modalidad individual e integrar las rentas obtenidas hasta el momento de su fallecimiento, realizando el pago de la deuda requerida.

Si por el contrario, el resultado de la declaración del familiar fallecido sale a devolver, la devolución no se hará de forma directa, es necesario requerirla mediante una solicitud.

¿De qué forma?

Es sencillo. Los sucesores deben cumplimentar una Solicitud de pago de devolución a herederos (modelo H-100). Este documento está en la Sede electrónica de la Agencia Estatal Tributaria.

Ruta: Todos los trámites/Impuestos – tasas/Otros/Devoluciones a sucesores de personas físicas.

¿Qué documentación se debe presentar?

La documentación varía en función del importe de la devolución, dependiendo de si es inferior o igual a 2.000 euros, o superior.

En cualquier caso:

  • Certificado de defunción
  • Libro de Familia completo
  • Certificado del Registro de Últimas Voluntades
  • Testamento (solo si figura en el certificado de últimas voluntades)

En el caso de que la cifra sea inferior o igual a 2.000 euros:

  • Autorización escrita y firmada con fotocopia del DNI de todos los herederos, si el importe de la devolución se desea abonar a uno de ellos.
  • Si el cobro se desea realizar por transferencia, es necesario el certificado bancario de titularidad de la cuenta a nombre de todos los herederos o el Poder Notarial a favor de alguno o algunos de ellos.

En el caso de que la cifra sea superior a 2.000 euros:

  • Justificante de haber declarado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones el importe de la devolución.
  • En el caso de existir varios herederos y se desee el cobro por transferencia, presentar el certificado bancario de titularidad de la cuenta a nombre de todos los herederos o el Poder Notarial a favor de alguno o algunos de ellos.

Si te ha quedado alguna duda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, nuestro equipo profesional te ayudará en todo lo que necesitas.

 

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