22 julio, 2025 / Laboral

El Tribunal Supremo reconoce el complemento de brecha de género también a los padres: igualdad real en las pensiones contributivas

El 25 de junio de 2025, el Tribunal Supremo dictó una sentencia histórica que cambia la forma en la que se aplica el complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones contributivas. A partir de ahora, los padres también tendrán derecho a este complemento en igualdad de condiciones que las madres.

¿Qué es el complemento de brecha de género en las pensiones?

El complemento para la reducción de la brecha de género está regulado desde febrero de 2021 en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Su finalidad es compensar el perjuicio que ha supuesto la maternidad en la carrera profesional de muchas mujeres, lo que repercute directamente en el cálculo de sus pensiones.

Este complemento consiste en un importe mensual adicional que se incorpora a las pensiones contributivas (jubilación, viudedad o incapacidad) de quienes han tenido hijos biológicos o adoptivos.

El complemento de maternidad en pensiones: por qué las mujeres accedían con más facilidad

Hasta ahora, las mujeres accedían al complemento prácticamente de forma automática, por el solo hecho de haber sido madres y acceder a una pensión contributiva. En cambio, a los hombres se les exigían requisitos adicionales, como interrupciones en la vida laboral o reducciones significativas en las bases de cotización, siempre que dichas circunstancias estuvieran vinculadas al cuidado de los hijos.

Este trato diferenciado ha sido objeto de debate y finalmente ha sido corregido judicialmente.

¿Qué cambia con la Sentencia 639/2025 del Tribunal Supremo?

La Sentencia 639/2025, dictada por el Pleno del Tribunal Supremo, establece que el complemento debe concederse a los hombres en las mismas condiciones que a las mujeres, sin exigir requisitos adicionales por razón de sexo.

Este fallo se alinea con la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en particular con las resoluciones de los asuntos acumulados C-623/23 y C-626/23 («Melbán y Sergamo»), que califican de discriminatoria la práctica del INSS de aplicar condiciones distintas a hombres y mujeres.

¿Qué implica esta sentencia para los padres?

Con esta resolución, los padres que hayan tenido hijos y accedan a una pensión contributiva pueden:

  • Solicitar el complemento sin necesidad de cumplir condiciones adicionales.
  • Reclamar el complemento si previamente les fue denegado.
  • Exigir cantidades retroactivas desde la fecha de solicitud.
  • En algunos casos, solicitar una indemnización por discriminación, conforme a la jurisprudencia del TJUE (Sentencia C-113/22, de 14 de septiembre de 2023).

¿Qué debe hacer ahora el INSS?

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) está obligado a adaptar su actuación a esta nueva interpretación legal. Por tanto:

  • Deberá conceder el complemento a los padres en igualdad de condiciones.
  • Deberá resolver favorablemente las reclamaciones de quienes cumplan los requisitos.
  • Las solicitudes previamente denegadas podrían ser revisadas si aún se encuentran en plazo legal.

¿Se desvirtúa así el objetivo del complemento?

No. El objetivo del complemento de brecha de género sigue siendo reducir las desigualdades en las pensiones contributivas. Sin embargo, la acción positiva debe aplicarse sin discriminación por sexo.

La sentencia del Supremo no elimina esta medida, sino que la reorienta para que cumpla el principio de igualdad recogido tanto en la Constitución como en las directivas comunitarias.

Una victoria del principio de igualdad en la Seguridad Social

La Sentencia 639/2025 del Tribunal Supremo representa un avance real hacia la igualdad entre hombres y mujeres en el sistema de pensiones. Reconoce que la paternidad también puede generar perjuicios profesionales y que, por tanto, los padres tienen derecho a ser compensados en las mismas condiciones que las madres.

Esta sentencia sienta un precedente importante y abre la puerta a miles de reclamaciones. Si eres padre y tu solicitud fue rechazada, ahora puedes volver a solicitar el complemento de brecha de género o incluso reclamar cantidades no percibidas.

Autor: Raúl Menor – Área Laboral

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