Ayudas Públicas para la digitalización de pymes Comunidad Valenciana
Se ha publicado en el DOGV n.º 9237 de 17/12/2021 estas ayudas dirigidas a incrementar el nivel tecnológico de las pymes industriales y de servicios a la industria mediante la implantación de nuevas tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones –TEICs-.
Ayudas Públicas para digitalización de pymes Comunidad Valenciana (Digitaliza 2022)
Información principal:
- Dirigido a: Pymes de la Comunitat Valenciana
- Presentación solicitudes: Desde el 12/01/2022 hasta el 3/03/2022 (a las 23:59:59 horas)
- Plazo de ejecución (periodo subvencionable del gasto): desde el 01/01/2022 hasta el 31/12/2022
- Plazo de justificación: hasta el 9/02/2023
Beneficiarios
Pyme con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2007):
a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.
b) Sección H-Divisiones 49 a 53.
c) Sección J-Divisiones 58 a 63.
d) Sección M-Divisiones 69 a 74.
O, de modo resumido, los principales sectores a los que les afecta son: industria. Energía, construcción, transporte y actividades profesionales.
En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.
Requisitos de los proyectos
Presupuesto subvencionable a partir de 15.000 €.
- Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2022 y no deberá haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.
- Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
- Solo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.
Tipo de ayuda:
Subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
- Pequeña empresa: hasta el 40%
- Mediana empresa: hasta el 30%
La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros
Costes subvencionables:
- Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento.
- Licencias de software, excluyendo el software de propósito general, como por ejemplo sistemas operativos, aplicaciones de gestión / monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
- Desarrollo de aplicaciones a medida.
- Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades xaas), durante el tiempo de ejecución del proyecto, con las mismas exclusiones que las detalladas para las licencias de software
- Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15 % del resto de costes subvencionables o 14.500 euros.
Más información y modo de presentación en la web del IVACE
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