
Permiso por nacimiento y cuidado de menor en España: nuevas semanas y requisitos
El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio amplía los permisos por nacimiento y cuidado de menor en España, tanto en el sector privado como público, y completa la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación familiar y laboral. A continuación, te hago un resumen con los requisitos, gestión y aspectos clave.
Resumen general
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Duración del permiso:
- General: Se amplía el permiso por nacimiento y cuidado de menor a 19 semanas por progenitor.
- Familias monoparentales: Pasa a ser de 32 semanas.
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Distribución del permiso:
- 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el parto o adopción, a jornada completa.
- 11 semanas (22 en monoparentales) hasta que el menor cumpla 12 meses.
- 2 semanas adicionales (4 en monoparentales) hasta que el menor cumpla 8 años.
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Permiso parental no retribuido:
- De 8 semanas (continuas o discontinuas) hasta que el menor cumpla 8 años.
- Compatible con jornada parcial, si el servicio lo permite.
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Casos especiales:
- Ampliación en caso de discapacidad, múltiples nacimientos/adopciones o hospitalización del neonato (hasta 13 semanas más).
- Adopciones internacionales: posibilidad de iniciar el permiso 4 semanas antes y un permiso adicional de hasta 2 meses con retribuciones básicas.
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Retribución:
- El permiso ampliado es retribuido al 100 % de la base reguladora.
- Incluye cobertura por Seguridad Social.
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Aplicación retroactiva:
- Aplica a hechos causantes desde el 2 de agosto de 2024.
- El disfrute de las nuevas semanas (2 o 4 según el caso) se podrá solicitar desde el 1 de enero de 2026.
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Gestión del disfrute:
- Se requiere preaviso mínimo de 15 días.
- Posibilidad de disfrute en semanas completas, acumuladas o interrumpidas.
- Las empresas o administraciones podrán aplazar su uso simultáneo si afecta al servicio, justificándolo.
Requisitos
- Alta o situación asimilada al alta en la Seguridad Social al inicio de cada periodo.
- No se necesita nuevo reconocimiento del derecho para los casos retroactivos.
- Aplicable tanto a personas trabajadoras como a empleados públicos.
Objetivo de la norma
- Fomentar la corresponsabilidad entre progenitores.
- Adaptar el ordenamiento español a la normativa europea y evitar sanciones del TJUE por transposición incompleta.
- Proteger la infancia en familias monoparentales.
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Autor: Raúl Menor – Área Laboral