09 junio, 2025 / Laboral

Nueva normativa de extranjería 2025: Guía para empresas y profesionales

La entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024 el 20 de mayo de 2025 redefine de forma integral los procedimientos de visado, estancia, residencia y sanciones en materia de extranjería en España. En este artículo encontrarás:

  • Lo más destacado del RD 1155/2024
  • Tipos de visados y autorizaciones de residencia
  • Arraigo y supuestos excepcionales
  • Responsabilidades y sanciones para las empresas

¿Qué cambia con el Real Decreto 1155/2024?

El nuevo Reglamento de Extranjería unifica y amplía las figuras de autorización de residencia temporal y de larga duración, con especial incidencia en el ámbito laboral:

  • Visados obligatorios para quienes excedan 90 días en un periodo de 180 días.
  • Estancias de corta duración de hasta 90 días (prorrogables 3 meses adicionales).
  • Visados de larga duración para estudios, voluntariado, búsqueda de empleo (12 meses), y circunstancias extraordinarias.

Principales autorizaciones de residencia temporal

  1. Residencia por trabajo

  • Cuenta ajena: Autorización vinculada a contrato, válida hasta 1 año.
  • Cuenta propia: Para emprendedores y profesionales, permiso inicial de 1 año en un único ámbito autonómico.
  • Excepciones sectoriales: Técnicos, investigadores o personal cultural con procedimientos específicos.
  1. Actividades de temporada y gestión colectiva

  • Temporada: Permite trabajar hasta 9 meses al año para un único empleador, con validez de 4 años.
  • Contratación colectiva en origen: Facilita autorizaciones simultáneas para campañas estacionales sin coste para el trabajador.
  1. Arraigo y supuestos excepcionales

  • Arraigo sociolaboral: Contrato mínimo de 20 horas semanales con salario mínimo interprofesional.
  • Arraigo social: Vínculos familiares y medios económicos ≥ 100 % IPREM.
  • Arraigo socioformativo: Matrícula en FP o educación secundaria postobligatoria.
  • Segunda oportunidad: Renovación para residentes previos sin causas de orden público.
  • Otros supuestos: Asilo, víctimas de trata o violencia de género, colaboración con autoridades y razones humanitarias.

Residencia de larga duración

  • Larga duración nacional: Requiere 5 años de residencia continua, ausencias ≤ 10 meses.
  • Larga duración-UE: Para titulares de estatus en España o en otro Estado miembro, sin necesidad de visado.

Responsabilidades y sanciones para las empresas

Infracciones administrativas

La Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento (RLOE) tipifican multas según gravedad:

  • Leves: Contratación sin autorización de trabajo, hasta 500 €.
  • Graves: Incumplimiento de alta en la Seguridad Social o registro de contrato, hasta 10 000 €.
  • Muy graves: Simulación de relación laboral, hasta 100 000 €.

Responsabilidad penal

Cuando la contratación irregular entrañe explotación o vulneración de derechos, se considera delito:

  • Explotación laboral: 2 – 5 años de prisión y multa de 6 – 12 meses.
  • Discriminación: 6 meses – 2 años de prisión o multa de 12 – 24 meses.
  • Clausura de centros: Hasta 5 años de clausura por infracción de comercio de extranjería.

Con la nueva normativa de extranjería 2025, las empresas deben revisar sus procesos de contratación y estancia de trabajadores extranjeros para:

  1. Garantizar que todo visado y autorización cumple lo establecido en el Real Decreto 1155/2024.
  2. Aplicar protocolos de gestión colectiva y arraigo cuando corresponda.
  3. Evitar infracciones administrativas y responsabilidades penales que pueden poner en riesgo la actividad y reputación empresarial.

Si necesitas más información sobre la nueva norma de extranjería, no dudes en contactar con nosotros. Nuestro equipo de profesionales te mantendrá al día de todo lo que necesitas.

Autor: Raúl Menor – Área Laboral

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