01 febrero, 2023 / Laboral

Novedades en las cuotas de autónomos 2023

La cuota de autónomos es el importe que se paga en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en concepto de cotización a la Seguridad Social. 

Este importe se fija en función de los rendimientos netos obtenidos por el autónomo, según los tramos vigentes, que marcan unos baremos máximos y mínimos de bases de cotización, y que según esto se fija la cuota de autónomos (por lo tanto, la cuota máxima o mínima en función de los ingresos).

Hay que tener en cuenta que esto nos obliga a hacer una previsión de los rendimientos del año, puesto que según este rendimiento esperado se cotizará durante este periodo y a elegir una base de cotización provisional. Una vez finalizado el año natural, la Seguridad Social procederá a regularizar según los rendimientos declarados en la Declaración de Renta y determinará su base de cotización definitiva, en el caso de que la base provisional elegida no esté dentro del rango del tramo definitivo de tus ingreso reales, se procederá a devolver en caso de que la previsión hubiera estado más alta o procediendo a reclamar el pago en caso de que la previsión hubiera estado inferior a la realidad final.

 

¿Cómo se determinan los rendimientos?

Con este sistema de cotizaciones para los autónomos, de deberá hacer una previsión de los rendimientos netos anuales que se obtendrán, y según este importe, hacer una media mensual y escoger una base de cotización y una cuota de autónomos dentro del tramo que corresponda según los rendimientos netos que se hayan previsto.

 

⇒ Autónomos persona física en Estimación Directa

Para los autónomos persona física en Estimación Directa, los rendimientos netos serán:

  • Beneficio obtenido a efectos de IRPF sin contar las propias cuotas de autónomo (ingresos menos gastos deducibles -entre ellas, habrá que tener en cuenta un 7% de gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000€-;  y una vez se obtenga este rendimiento habrá que sumar las propias cuotas de autónomo para no tenerlas en cuenta en el gasto).

 

Ejemplo 1:

Un autónomo que haya facturado 100.000€ y haya tenido unos gastos deducibles de 60.000€ (entre las cuales hay 3.000€ de cuotas de autónomo y 57.000€ otros gastos), tendrá un beneficio previo de 40.000€. Sobre estos 40.000€ tendrá que calcular los gastos de difícil justificación del 7% con un máximo de 2.000€ y restarlos (en este caso, 7% de 40.000€ es 2.800€, y por tanto, se aplicarán 2.000€ de gasto), es decir, que quedará un rendimiento sin descontar las cuotas de autónomo de 38.000€. A este importe, habrá que sumar las cuotas de autónomo pagadas que se había tenido en cuenta en el gasto y hacer una media mensual (dividir entre 12): 38.000€+3.000€=41.000€, y la media mensual será de 3.416,67€. Este importe de 3.416,67€ es el que hay que tener en cuenta para saber en qué tramo se efectuará la cotización (en este caso, al tramo general número 9).

 

Ejemplo 2:

Un autónomo que haya facturado 24.000€ y tenga unos gastos deducibles de 5.000€ (entre las cuales hay 3.200€ de cuotas de autónomo y 1.800€ otros gastos), tendrá un beneficio previo de 19.000€. Sobre estos 19.000€ tendrá que calcular los gastos de difícil justificación del 7% con un máximo de 2.000€ y restarlos (en este caso, 7% de 19.000€ es 1.330€, que se aplican como gasto), es decir, que quedará un rendimiento sin descontar las cuotas de autónomo de 17.670€. A este importe, habrá que sumar las cuotas de autónomo pagadas que se había tenido en cuenta en el gasto y hacer una media mensual (dividir entre 12): 17.670€+3.200€=20.870€, y la media mensual será de 1.739,17€. Este importe de 1.739,17€ es el que hay que tener en cuenta para saber en qué tramo se efectuará la cotización (en este caso, al tramo general número 4).

 

⇒ Autónomos persona física en módulos.

Para los autónomos persona física en módulos, los rendimientos netos serán:

  • El Rendimiento neto previo (casilla 1465 de la declaración de la Renta), o bien, el Rendimiento minorado previo para los casos de actividades agrícolas, ganaderas o forestales (casilla 1539). El importe resultante de las casillas anteriores, haciendo la media mensual (dividiendo entre 12 meses), será el que determine en qué tramo se efectuará la cotización.

 

⇒ Autónomos societarios.

Para los autónomos societarios, los rendimientos netos serán la suma de:

  • El salario bruto meritado de la nómina de la sociedad + los dividendos y otros rendimientos obtenidos de la sociedad. A este importe, se le tendrá que restar un 3% en concepto de gastos de difícil justificación (con un máximo de 2.000€ de gastos).

Ejemplo:

En caso de tener una nómina de 2.500€ en 14 pagas (nómina anual de 35.000€), habrá que tener en cuenta los gastos del 3% de los 35.000€ (es decir, un importe a restar de 1.050€ -no supera el límite de 2.000€-), y por tanto, se *consideran como rendimientos anuales un total de 33.950€. La media mensual de los 33.950€ será de 2.829,17€. Este importe de 2.829,17€ es el que hay que tener en cuenta para saber en qué tramo se efectuará la cotización (en este caso, al tramo número 8).

Cuotas autónomos 2023

 

Tramos, bases y cuotas de 2023

⇒ Autónomos persona física.

Los autónomos con actividad como persona física, tendrán que elegir el tramo según la previsión de sus rendimientos netos. Estos son los tramos que hay que elegir según la previsión de rendimientos netos:

TRAMOS RENDIMENTOS MENSUALES BASE MÍNIMA DE COTIZACIÓN CUOTA MÍNIMA BASE MÁXIMA DE COTIZACIÓN CUOTA MÁXIMA
REDUCIDA 1 Inferiores a 670€ 751,63 € 234,51 €/mes 849,66  € 265,09 €/mes
REDUCIDA 2 Entre 670€ hasta 900€ 849,67 € 265,10 €/mes 900,00 € 280,80 €/mes
REDUCIDA 3 Entre 900€ y 1.166,70€ 898,69 € 280,39 €/mes 1.166,70 € 364,01 €/mes
GENERAL 1 Entre 1,166,70€ y 1.300€ 950,98 € 296,71 €/mes 1.300,00 € 405,60 €/mes
GENERAL 2 Entre 1.300€ y 1.500€ 960,78 € 299,76 €/mes 1.500,00 € 468,00 €/mes
GENERAL 3 Entre 1.500€ y 1.700€ 960,78 € 299,76 €/mes 1.700,00€ 530,40 €/mes
GENERAL 4 Entre 1.700€ y 1.850€ 1.013,07 € 316,08 €/mes 1.850,00 € 577,20 €/mes
GENERAL 5 Entre 1.850€ y 2.030€ 1.029,41 € 321,18 €/mes 2.030,00 € 633,36 €/mes
GENERAL 6 Entre 2.030€ y 2.330€ 1.045,75 € 326,27 €/mes 2.330,00 € 726,96 €/mes
GENERAL 7 Entre 2.330€ y 2.760€ 1.078,43  € 336,47 €/mes 2.760,00 € 861,12 €/mes
GENERAL 8 Entre 2.760€ y 3.190€ 1.143,79 € 356,86 €/mes 3.190,00 € 995,28 €/mes
GENERAL 9 Entre 3.190€ y 3.620€ 1.209,15 € 377,25 €/mes 3.620,00 € 1.129.44 €/mes
GENERAL 10 Entre 3.620€ y 4.050€ 1.274,51 € 397,65 €/mes 4.050,00 € 1.263,60 €/mes
GENERAL 11 Entre 4.050€ y 6.000€ 1.372,55 € 428,24 €/mes 4.495,50 € 1.402,60 €/mes
GENERAL 12 Más de 6.000€ 1.633,99 € 509,80 €/mes 4.495,50 € 1.402,60€/mes

 

*Para los autónomos que tenían Tarifa Plana u otras bonificaciones durante el 2022, las mantendrán hasta su finalización, momento en el cual iniciarán la cotización con el sistema de rendimientos netos.

 

⇒ Autónomos societarios.

Los autónomos societarios, tendrán que elegir el tramo según la previsión de sus rendimientos netos (nóminas + dividendos y otros). Estos son los tramos que hay que elegir según la previsión de rendimientos netos:

TRAMOS RENDIMENTOS MENSUALES BASE MÍNIMA DE COTIZACIÓN CUOTA MÍNIMA BASE MÁXIMA DE COTIZACIÓN CUOTA MÁXIMA
GENERAL 1 Hasta 1.300€ 1.000,00 € 312 €/mes 1.300,00 € 405,60 €/mes
GENERAL 2 Entre 1.300€ y 1.500€ 1.000,00 € 312 €/mes 1.500,00 € 468 €/mes
GENERAL 3 Entre 1.500€ y 1.700€ 1.000,00 € 312 €/mes 1.700,00€ 530,40 €/mes
GENERAL 4 Entre 1.700€ y 1.850€ 1.013,07 € 316,08 €/mes 1.850,00 € 577,20 €/mes
GENERAL 5 Entre 1.850€ y 2.030€ 1.029,41 € 321,18 €/mes 2.030,00 € 633,36 €/mes
GENERAL 6 Entre 2.030€ y 2.330€ 1.045,75 € 326,27 €/mes 2.330,00 € 726,96 €/mes
GENERAL 7 Entre 2.330€ y 2.760€ 1.078,43  € 336,47 €/mes 2.760,00 € 861,12 €/mes
GENERAL 8 Entre 2.760€ y 3.190€ 1.143,79 € 356,86 €/mes 3.190,00 € 995,28 €/mes
GENERAL 9 Entre 3.190€ y 3.620€ 1.209,15 € 377,25 €/mes 3.620,00 € 1.129.44 €/mes
GENERAL 10 Entre 3.620€ y 4.050€ 1.274,51 € 397,65 €/mes 4.050,00 € 1.263,60 €/mes
GENERAL 11 Entre 4.050€ y 6.000€ 1.372,55 € 428,24 €/mes 4.139,40 € 1.291,49 €/mes
GENERAL 12 Más de 6.000€ 1.633,99 € 509,80 €/mes 4.139,40 € 1.291,49€/mes

 

*Para los autónomos que tenían Tarifa Plana u otras bonificaciones durante el 2022, las mantendrán hasta su finalización, momento en el cual iniciarán la cotización con el sistema de rendimientos netos.

 

IMPORTANTE: Regularización de cuotas de autónomo por parte de la Seguridad Social con rendimientos finales

Hay que tener en cuenta que, una vez presentada la Declaración de Renta en lo referente al ejercicio en que se haya cotizado, la Seguridad Social regularizará las cuotas pagadas según la realidad final:

  • En caso de haber tenido unos rendimientos netos inferiores a los que se había previsto inicialmente según el tramo elegido y la base por la que se ha cotizado sea mayor a la base máxima del tramo definitivo, la Seguridad Social devolverá parte de las cuotas de autónomo abonadas de más.

 

  • En caso de haber tenido unos rendimientos netos superiores a los que se había previsto inicialmente según el tramo elegido, la Seguridad Social hará abonar estas cuotas de más durante el mes de octubre del año de presentación de la Declaración de Renta.

¿Se pueden cambiar las bases de cotización y la cuota de autónomos durante el año?

Sí, la base de cotización y, por extensión, la cuota de autónomos se puede cambiar cada dos meses:

  • enero: Día 1
  • Marzo: Día 1
  • Mayo: Día 1
  • Julio: Día 1
  • Septiembre: Día 1
  • Noviembre: Día 1

 

Cuota reducida nuevos autónomos: 80€/mes

Aquellos trabajadores por cuenta ajena que inicien una actividad por cuenta propia por primera vez en su vida, o bien no hubieran estado en alta de autónomo en los 2 últimos años (y no hubieran tenido bonificación aplicada, si hubieran tenido bonificación tendrían que pasar 3 años) pagarán 80€ mensuales de cuota de autónomos durante 12 meses (el primer año).

Este importe será prorrogable durante 12 meses más (el segundo año) siempre que los rendimientos reales del autónomo no superen el Salario Mínimo Interprofesional durante este periodo (actualmente, con 14.000€ anuales).

 

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