11 julio, 2018 / FINANCIERA

NOVEDADES SOBRE EL IMPUESTO DE SOCIEDADES 2017

El 25 de julio es la fecha límite para presentar el Impuesto de Sociedades, por lo que es importante hacer un resumen de las últimas novedades que necesitas saber para presentar este modelo.

En 2016 se consideró la rebaja del Impuesto de un tipo impositivo del 28% a uno menor del 25%. El Gobierno aprobó ciertas normas que, sobretodo para las grandes empresas, aumentaron sustancialmente la cargas impositiva como por ejemplo la limitación a la exención de dividendos percibidos y la obligación de revertir los deterioros fiscales dotados sobre carteras de valores en ejercicios anteriores. Pero veamos estas y otras novedades de forma más detallada:

Limitación a la compensación de bases imposibles negativas

En 2017 el límite de la base imponible previa a reducción por reserva de capitalización aumentará del 60% (2016) al 70%, con el mismo importe mínimo.

Reversión obligatoria como mínimo por quintas partes de las pérdidas por deterioros de cartera deducidas antes de 2013

Toda entidad deberá integrar en la base imponible como mínimo, la quinta parte de las pérdidas en ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016 y en los cuatro ejercicios siguientes.

Exención de dividendos y de plusvalías obtenidas en la transmisión de participaciones en entidades no residentes

El requisito que han de cumplir las participaciones en entidades no residentes seguirá siendo que la participada se encuentre sometida a un impuesto igual o similar al español, con un tipo nominal mínimo de un 10%. Seguirán sin ser válidas las que residan en un paraíso fiscal, exceptuando que lo hagan en un estado de la UE y que se acredite un motivo válido para ello.

Deducción de pérdidas por transmisión de participaciones

Se restringe mucho la posibilidad de deducir las pérdidas que se produzcan en la transmisión de participaciones de entidades residentes y no residentes.

No podrán deducirse las originadas por la transmisión de participaciones que cumplan la primera de las condiciones para aplicar la exención de dividendos y de plusvalías originadas por su transmisión -participación significativa del 5% o valor de adquisición de 20 millones de euros, entendiendo cumplido el mismo si se alcanzó en cualquier día del año anterior a la transmisión-. Asimismo, se impide la deducción de las pérdidas producidas en la transmisión de participaciones en entidades no residentes en que, sin alcanzar un porcentaje significativo de participación, la entidad participada no esté sometida a un impuesto similar al nuestro con nominal mínimo del 10%.

Rentas de establecimientos permanentes en el extranjero

Se elimina totalmente la posibilidad de integrar rentas negativas de establecimientos permanentes en el extranjero. Respecto a las rentas positivas en el extranjero con derecho a exención se puede aplicar esta las deducciones de los artículos 31 o 32, es decir, deducción para evitar la doble imposición jurídica y para evitar la doble imposición económica internacional, respectivamente. En 2017 se puede ejercitar por cada uno de los diferentes Establecimientos permanentes que tenga la entidad, incluso entre los que estén en un mismo país.

Imposibilidad de deducir las rentas negativas generadas por valoración a valor razonable de la cartera de negociación

Las disminuciones de valor de las carteras de negociación por valor de las mismas a valor razonable, que impactan en cuentas de pérdidas y ganancias, no serán deducibles salvo hasta el importe del incremento de valor de las mismas previamente integrado en la base imponible.

Nuevos supuestos de deudas tributarias que no se pueden ni aplazar ni fraccionar

Las deudas del retenedor ya no se podían aplazar, pero ahora, además, se suprime también la excepción establecida para deudores que carezcan de bienes para garantizar y que la capacidad productiva o el empleo de esa actividad pudiera producir quebrantos a la Hacienda Publica.

Recuerda que ante cualquier duda sobre este o cualquier otro tema, lo mejor es ponerte en contacto con nosotros y te derivaremos al departamento del que dependa tu consulta para que sean atendido lo mas personalizado posible.

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