22 noviembre, 2021 / FISCAL

Modelo 720: ¿qué es y quién está obligado a presentarlo?

Este modelo consiste en una declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero. Es decir, si tienes algún inmueble o cuenta bancaria situada fuera de España, recuerda que tienes que presentar el Modelo 720. Te explicamos contamos cómo hacerlo, el procedimiento y si estás obligado.

Modelo 720: ¿Qué es y qué objetivos tiene?

El Modelo 720 es una declaración informativa que cualquier contribuyente que tenga bienes o derechos en el extranjero tiene la obligación de presentarla. Con este impuesto, Hacienda recauda la información sobre los bienes y derechos que tiene manifestado contribuyente y que están ubicados en el extranjero. ¿Qué objetivos tiene?

  • Informar sobre cuentas en entidades que se encuentren situadas en el extranjero.
  • Informar sobre valores, derechos, seguros y rentas que se encuentren situadas en el extranjero.
  • Informar sobre bienes inmuebles y sus derechos cuando se sitúan en el extranjero.

¿Quiénes tienes que presentarla?

Están sujetos a presentar este modelo:

  • Las personas físicas o jurídicas que residen en el territorio español, los establecimientos que se encuentran en dicho territorio o entidades no residentes y también las entidades a las que se refiere el Artículo 35.4 de la Ley General Tributaria.
  • Todas ellas están obligadas a presentar esta declaración cuando los bienes que presentan en el extranjero superen los 50.000 €.

A partir de la primera presentación de la declaración, solo se informará si ha existido un incremento superior a 20.000 €, respecto a la anterior.

¿Qué bienes se debe declarar?

  • Se debe aportar la información referente a las cuentas situadas en el extranjero que hayan sido abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio de las que sean titulares o beneficiarios, autorizados o puedan tener disposición.
  • Información sobre títulos, activos, valores, o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios de los que sean titulares y se encuentren en el extranjero.
  • Información sobre los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles de su titularidad situados en el extranjero. Se referirá a los datos a 31 de diciembre de cada año e incluirá la fecha y el valor de adquisición, la identificación del inmueble con especificación, sucinta, de su tipología y la situación del inmueble

¿Quién está exento de presentarlo?

  • Entidades exentas de Impuesto sobre Sociedades
  • Entidades que tengan registrados en su contabilidad de forma individual, los bienes respecto de los que debería presentar declaración.
  • Las cuentas corrientes abiertas en el extranjero pero domiciliadas en España.

Plazo para el Modelo 720

El plazo de presentación es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información a suministrar.

Si te ha quedado alguna duda sobre este modelo, estaremos encantados de poder ayudarte o gestionar aquello que te resulte complicado.

Puedes contactar con nosotros en el 963 94 06 63 o en el ees@eesaudit.com, llámanos y envíanos un correo y te contestaremos cuanto antes.

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