21 julio, 2026 / Sin categoría

La falta de preaviso en el despido objetivo cotiza a la Seguridad Social: Nuevo criterio de la TGSS

La Tesorería General de la Seguridad Social ha modificado el criterio aplicable a las cantidades que las empresas abonan cuando realizan un despido objetivo sin conceder, total o parcialmente, los 15 días de preaviso previstos en la normativa laboral.

Con este nuevo criterio, la compensación económica abonada por los días de preaviso omitidos deberá incluirse en la base de cotización a la Seguridad Social.

Este cambio es importante porque incrementa el coste de los despidos objetivos con efectos inmediatos y obliga a diferenciar correctamente esta cantidad de la indemnización legal por despido.

¿Qué es el preaviso en un despido objetivo?

En los despidos objetivos, la empresa debe comunicar la extinción del contrato por escrito y conceder, con carácter general, un plazo de preaviso de 15 días entre la entrega de la carta y la fecha efectiva de finalización de la relación laboral.

Durante ese periodo, la persona trabajadora continúa prestando servicios y percibiendo su salario con normalidad.

No obstante, la empresa puede decidir que el despido tenga efectos inmediatos. En ese caso, deberá abonar una cantidad equivalente al salario correspondiente a los días de preaviso que no se hayan concedido.

La falta de preaviso no provoca automáticamente que el despido sea declarado improcedente, pero sí genera la obligación de compensar económicamente esos días.

¿Cuál es el cambio de criterio?

Hasta ahora, la cantidad abonada por falta de preaviso se venía considerando habitualmente como un concepto indemnizatorio excluido de cotización.

Sin embargo, la Tesorería General de la Seguridad Social considera que esta cantidad sustituye al salario que la persona trabajadora habría percibido si hubiera continuado trabajando durante el periodo de preaviso.

Por este motivo, pasa a tener naturaleza salarial a efectos de Seguridad Social y deberá incluirse en la base de cotización.

Diferencia entre la indemnización y la falta de preaviso

Es fundamental distinguir ambos conceptos, ya que su tratamiento es diferente.

Indemnización por despido objetivo

La indemnización legal por despido objetivo asciende, con carácter general, a 20 días de salario por año trabajado, prorrateándose los periodos inferiores al año, con un máximo de 12 mensualidades.

Esta indemnización continúa excluida de cotización dentro de los límites establecidos legalmente.

Compensación por falta de preaviso

La cantidad abonada por los días de preaviso no concedidos no forma parte de la indemnización por despido.

Su finalidad es sustituir el salario que la persona trabajadora habría percibido durante esos días. Por tanto, deberá cotizar a la Seguridad Social.

Aunque ambas cantidades puedan abonarse conjuntamente en el momento de la extinción, deberán aparecer claramente separadas en la documentación laboral y en la liquidación correspondiente.

Ejemplo práctico

Una empresa comunica un despido objetivo con efectos inmediatos. La persona trabajadora tiene un salario diario de 65 euros y no se le concede ninguno de los 15 días de preaviso.

La compensación por falta de preaviso sería:

65 euros × 15 días = 975 euros

Estos 975 euros deberán incluirse en la base de cotización a la Seguridad Social.

Por otro lado, la indemnización legal por despido objetivo se calculará de forma independiente y continuará excluida de cotización dentro de los límites legales.

Si la empresa concediera, por ejemplo, 8 días de preaviso, únicamente tendría que abonar y cotizar por los 7 días restantes.

¿Qué consecuencias tiene para las empresas?

El principal efecto es un incremento del coste de los despidos objetivos cuando no se respeta el plazo de preaviso.

Sobre la cantidad abonada por los días omitidos deberán aplicarse las cotizaciones empresariales correspondientes y la aportación de la persona trabajadora.

Además, la empresa deberá prestar especial atención a los siguientes aspectos:

  • Diferenciar correctamente la indemnización y la compensación por falta de preaviso.
  • Incluir esta última en la base de cotización.
  • Comunicar el importe mediante el código CRA correspondiente.
  • Realizar, cuando proceda, la liquidación complementaria aplicable.
  • Revisar la configuración de los conceptos utilizados en el programa de nóminas.

¿Es obligatorio mantener al trabajador durante los 15 días?

No. La empresa puede optar por extinguir el contrato de forma inmediata y sustituir el preaviso por su compensación económica.

No obstante, a partir de este criterio, dicha decisión tendrá un mayor coste, ya que la cantidad abonada deberá cotizar.

Antes de decidir si se concede o no el preaviso, conviene valorar tanto el coste económico como las circunstancias organizativas y laborales de cada caso.

En algunas situaciones puede resultar más adecuado mantener al trabajador durante los 15 días, mientras que en otras puede ser preferible extinguir el contrato de forma inmediata y asumir el coste adicional.

Recomendaciones para las empresas

Ante este cambio, recomendamos revisar los procedimientos internos utilizados en los despidos objetivos.

En particular, resulta conveniente:

  • Comunicar previamente a la asesoría cualquier despido objetivo.
  • Calcular el coste total antes de decidir si se concede el preaviso.
  • Separar en el finiquito la indemnización, el preaviso, los salarios y las vacaciones pendientes.
  • Revisar los despidos recientes en los que se haya abonado una compensación por falta de preaviso.
  • Comprobar que los conceptos de nómina estén correctamente configurados a efectos de cotización.

 

En conclusión, la compensación abonada por no conceder los 15 días de preaviso en un despido objetivo deberá incluirse en la base de cotización a la Seguridad Social.

La indemnización legal por despido objetivo mantiene su tratamiento habitual y continúa excluida de cotización dentro de los límites legales.

Este cambio incrementa el coste de las extinciones con efectos inmediatos y hace especialmente importante planificar correctamente el despido, calcular las cantidades y diferenciar cada concepto.

Antes de realizar un despido objetivo, recomendamos contactar con nuestra asesoría laboral para revisar la causa, los requisitos formales, el preaviso, la indemnización y el coste total de la operación.

 

Autor: Raúl Menor – Área Laboral

 

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